Entre otras disposiciones, la nueva norma precisa que “el aforo máximo de los espacios donde se efectúe el oficio, rito o ceremonia, ya sean cerrados o abiertos, no podrá exceder de una persona por cada 4 metros cuadrados útiles”.
El Ministerio de Salud (Subsecretaría de Salud Pública) ha modificado la resolución nº 591 exenta, de 2020, lo que implica nuevas normas para la reunión de personas en un culto religioso. Los invitamos a conocer y respetar dicha norma pues está orientada a prevenir contagios de Covid-19.
Esta modificación señala que: “Se autoriza la realización de oficios religiosos, ritos y ceremonias de las distintas comunidades religiosas en sus respectivos cultos en las localidades que se encuentren en Paso 2, 3, 4 o 5, sujeto a las siguientes reglas:
a. Los oficios, ritos o ceremonias no podrán exceder las dos horas de duración.
b. El aforo máximo de los espacios donde se efectúe el oficio, rito o ceremonia, ya sean cerrados o abiertos, no podrá exceder de una persona por cada 4 metros cuadrados útiles.
c. Deberá darse estricto cumplimiento a las demás medidas sanitarias, según el paso en que se encuentre la localidad donde se emplaza el espacio en que se celebra el oficio, rito o ceremonia. En ningún caso podrá celebrarse un oficio, rito o ceremonia en localidades que se encuentren en cuarentena, ya sea en Paso 1 o Paso 2 durante los fines de semana y feriados”.