Para tener uniformidad y claridad en la entrega de sacramentos durante 2021, el administrador apostólico de Rancagua, monseñor Juan Ignacio González, entregó nuevas instrucciones a los sacerdotes.
En ellas señala que debe “estar muy clara la idea de que quienes se han preparado debidamente, se encuentran bien dispuestos y lo piden, deben tener siempre la posibilidad de recibirlos (sacramentos), salvo casos de fuerza mayor. En especial, es necesario estar muy disponibles para las celebraciones de la Eucaristía y el Sacramento de la Confesión o Reconciliación”, señaló.
Dando cuenta que las circunstancias extraordinarias que vivimos se prolongarán durante el presente año, indica que éstas “no deben impedir a nadie recibir los sacramentos, en especial a nuestros jóvenes y las personas mayores que pueden estar más cercanas a su fallecimiento. Un particular esmero se requiere de las personas que atienden a los enfermos en los hospitales, sean sacerdotes, ministros o miembros de la pastoral sanitaria. Habrá que hacer los esfuerzos necesarios para que la Gracia Divina que ellos procuran, llegue los más abundantemente posible a todas las personas. Esto, como sabemos bien, depende del Señor, pero también de los esfuerzos y sacrificios de los sacerdotes, diáconos y ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión y agentes pastorales y siempre de la oración de toda la comunidad”.
Instó también a los párrocos y administradores parroquiales a que “además de la celebración habitual de la Santa Misa, conviene que las Iglesias y Capillas, permanezcan abiertas durante unas horas, tomando los resguardos habituales”, pues indicó que hay personas que dada la situación que vivimos buscan poder visitar las iglesias y santuarios para orar e invocar el auxilio de Dios.
Teniendo en cuanta todos estos puntos, el obispo González precisó que hasta el 31 de diciembre de 2021 “quedan delegadas en los Vicarios Episcopales, Decanos, Párrocos y Administradores Parroquiales y Capellanes la administración del Sacramento de la Confirmación, conforme al canon 822 del Código de Derecho Canónico. Si en algunos casos los delegados lo estiman necesario o conveniente, pueden solicitar que administren el Sacramento de la Confirmación el Obispo, los Vicarios Episcopales o los Decanos. Se trata de conceder las mayores posibilidades de realizar estas ceremonias con asistencia de las personas permitidas y las medidas sanitarias exigidas”.
Monseñor Juan Ignacio González recordó el tomar todas las medidas preventivas señaladas por la autoridad sanitaria y respetar los aforos.
Las normas civiles vigentes respecto al número de personas que pueden asistir se pueden consultar en: https://www.gob.cl/coronavirus/pasoapaso y el texto de la instrucción completo se puede ver en www.obispadoderancagua.cl/documentos.php